Contratar en México sin abrir empresa allí
Lo que cuesta y lo que exige la ley para emplear a una persona en México a través de Elephant EOR: cotizaciones, pagos extra, vacaciones, prueba y preaviso. Alta Express en 5 días hábiles (estándar: 8).
Datos clave
Qué paga la empresa además del salario
Cotizaciones y cargas del empleador que usa nuestra calculadora para México. Son las vigentes a la fecha de revisión (11/09/2026); el coste cerrado de tu caso va por escrito en la propuesta.
Cotizaciones del empleador
| Concepto | Tipo y base (anual, MXN) | Nota |
|---|---|---|
| IMSS enfermedades y maternidad: cuota fija | importe fijo de 8734,90 al año | Art. 106, fr. I LSS: 20,40 % de la UMA diaria (117,31 $ en 2026) por cada día cotizado: 0,204 × 117,31 × 365. La UMA 2026 rige desde el 1-2-2026 (enero se cotizó con 113,14 $); se usa la UMA 2026 todo el año. |
| IMSS enfermedades y maternidad: excedente de 3 UMA (patrón) | 1,10 % desde 128.454 hasta 1.070.454 | Art. 106, fr. II LSS: 1,10 % sobre la parte del salario base de cotización que excede 3 UMA (128.454,45 $ anuales), hasta el tope de 25 UMA (1.070.453,75 $ anuales). |
| IMSS prestaciones en dinero (patrón) | 0,70 % hasta 1.070.454 | Art. 107 LSS: 0,70 %. Tope 25 UMA. |
| IMSS gastos médicos de pensionados (patrón) | 1,05 % hasta 1.070.454 | Art. 25 LSS: 1,05 %. Tope 25 UMA. |
| IMSS invalidez y vida (patrón) | 1,75 % hasta 1.070.454 | Art. 147 LSS: 1,75 %. Tope 25 UMA. |
| IMSS guarderías y prestaciones sociales | 1 % hasta 1.070.454 | Art. 211 LSS: 1 %. Tope 25 UMA. |
| IMSS riesgo de trabajo (clase I, prima media) | 0,54 % hasta 1.070.454 | Art. 73 LSS: al inscribirse, la empresa paga la prima media de su clase; clase I (oficinas y servicios) = 0,54355 %. Después la prima se recalcula cada año según siniestralidad (mínimo 0,5 %). Tope 25 UMA. |
| Seguro de retiro (SAR) | 2 % hasta 1.070.454 | Art. 168, fr. I LSS: 2 % a cargo del patrón. Tope 25 UMA. |
| Cesantía en edad avanzada y vejez (patrón, tabla 2026) | 3,15 % si la base ≤ 114.990 · 6,03 % si la base ≤ 128.454 · 6,36 % si la base ≤ 149.864 · 6,61 % si la base ≤ 171.273 · 7,51 % por encima | Tabla transitoria 2026 del decreto de reforma a la LSS (DOF 16-12-2020, art. 2.º transitorio): 1 SM 3,150 %; 1,01 SM a 1,50 UMA 3,676 %; 1,51-2,00 UMA 4,851 %; 2,01-2,50 UMA 5,556 %; 2,51-3,00 UMA 6,026 %; 3,01-3,50 UMA 6,361 %; 3,51-4,00 UMA 6,613 %; 4,01 UMA en adelante 7,513 %. Como el salario mínimo 2026 (315,04 $) ya equivale a 2,69 UMA, los tramos por debajo de 2,51 UMA quedan vacíos: todo salario por encima del mínimo cae como poco en 6,026 %. El tipo de su tramo se aplica a TODO el salario base de cotización (tope 25 UMA). Límites tomados en el múltiplo exacto de UMA × 365. |
| INFONAVIT (vivienda) | 5 % hasta 1.070.454 | Art. 29, fr. II Ley del INFONAVIT: 5 % del salario base de cotización, tope 25 UMA. |
| Impuesto sobre nóminas (Ciudad de México, referencia) | 4 % | Impuesto estatal, no federal: art. 158 del Código Fiscal de la CDMX, 4 % sobre el total de remuneraciones (desde 2025; micro y pequeñas empresas tienen reducción). Otros estados cobran entre el 2 % y el 4 %: se toma CDMX como referencia. |
Pagos extra obligatorios
- Aguinaldo (mínimo 15 días de salario): 0,5 mensualidades al año. Art. 87 LFT: al menos 15 días de salario, pagadero antes del 20 de diciembre. Integra el salario base de cotización (art. 27 LSS). Exento de ISR hasta 30 UMA (art. 93, fr. XIV LISR), aplicado como reducción en el impuesto.
- Prima vacacional (25 % de 12 días de vacaciones del primer año): 0,1 mensualidades al año. Art. 80 LFT: prima mínima del 25 % sobre el salario de los días de vacaciones; el primer año son 12 días (art. 76 LFT, reforma «vacaciones dignas», DOF 27-12-2022). Fracción = 0,25 × 12 / 30 = 0,1 meses. Exenta de ISR hasta 15 UMA (art. 93, fr. XIV LISR). Con más antigüedad hay más días y la prima crece.
Cotizaciones del trabajador
| Concepto | Tipo y base (anual, MXN) | Nota |
|---|---|---|
| IMSS enfermedades y maternidad: excedente de 3 UMA (obrero) | 0,40 % desde 128.454 hasta 1.070.454 | Art. 106, fr. II LSS: 0,40 % sobre el excedente de 3 UMA. Tope 25 UMA. |
| IMSS prestaciones en dinero (obrero) | 0,25 % hasta 1.070.454 | Art. 107 LSS: 0,25 %. |
| IMSS gastos médicos de pensionados (obrero) | 0,38 % hasta 1.070.454 | Art. 25 LSS: 0,375 %. |
| IMSS invalidez y vida (obrero) | 0,63 % hasta 1.070.454 | Art. 147 LSS: 0,625 %. |
| Cesantía en edad avanzada y vejez (obrero) | 1,13 % hasta 1.070.454 | Art. 168, fr. II LSS: 1,125 %, tope 25 UMA. Si el trabajador gana exactamente el salario mínimo, sus cuotas obreras las paga el patrón (art. 36 LSS): no modelado. |
Impuesto sobre la renta del trabajador
La calculadora estima ISR sobre salarios (tarifa anual del art. 152 LISR, Anexo 8 RMF 2026) para una persona soltera y sin hijos. Soltero, sin deducciones personales anuales (gastos médicos, intereses hipotecarios, aportaciones voluntarias, colegiaturas: tope general de 5 UMA anuales o 15 % del ingreso). Las cuotas obreras al IMSS no son deducibles del ISR, por eso la base es el bruto. Se usan las exenciones de aguinaldo (30 UMA) y prima vacacional (15 UMA) como reducciones fijas: si la prima vacacional es menor que 15 UMA (salario mensual inferior a unos 17.600 $), la exención real es la prima y el modelo sobrestima levemente la reducción. No incluye PTU (reparto de utilidades) ni la retención mensual del art. 96 (el cálculo es anual, art. 152).
Terminación de la relación
Despido injustificado: indemnización constitucional de 3 meses de salario integrado, más 20 días por año cuando el patrón se niega a reinstalar (art. 50 LFT), prima de antigüedad de 12 días por año (tope 2 salarios mínimos, art. 162) y la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. En la práctica se negocia un finiquito o liquidación con esos mínimos.
Lo que el mercado espera
Seguro de gastos médicos mayores, seguro de vida, vales de despensa, fondo de ahorro, aguinaldo superior a 15 días (30 es habitual en empresas medianas y grandes).
PTU: los trabajadores reciben el 10 % de la utilidad fiscal de la empresa (con tope de 3 meses de salario o la media de los tres últimos años). El outsourcing de personal está prohibido desde 2021 (solo servicios especializados registrados en el REPSE). Cada estado cobra su impuesto sobre nóminas.
Estimación orientativa. Esta guía resume la norma general; convenios, comunidades o estados, y la situación de cada persona cambian cifras. Antes de firmar te damos el coste total y las condiciones por escrito.
Fuentes
- INEGI, comunicado 1/26: UMA 2026 — UMA 2026 = 117,31 $ diarios, vigente desde el 1-2-2026
- DOF 9-12-2025: resolución de la CONASAMI sobre salarios mínimos 2026 — salario mínimo 2026 (315,04 $ diarios; frontera 440,87 $)
- Manuel Nevárez y Asociados: tabla de cuotas patronales de cesantía y vejez 2026 — tabla CEAV patronal 2026 (3,150 % a 7,513 %)
- El Contribuyente: cuotas obrero-patronales IMSS e INFONAVIT 2026 — tipos IMSS por ramo, INFONAVIT 5 % y tope de 25 UMA
- Art. 73 LSS (SDV Asesores, compendio 2026) — prima media de riesgo de trabajo clase I = 0,54355 %
- SAT: Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28-12-2025) — tarifa anual del art. 152 LISR para 2026
- ElConta.MX: tablas y tarifas ISR 2026 (transcripción del Anexo 8) — tarifa anual y mensual 2026 (contraste)
- DOF 31-12-2025: decreto del subsidio para el empleo 2026 — subsidio 15,02 % de la UMA mensual, límite 11.492,66 $
- Manuel Nevárez y Asociados: nuevo subsidio al empleo para 2026 — importes 535,65 $ (feb-dic) y 536,21 $ (enero); sin devolución del exceso
- El Contribuyente: impuesto sobre nóminas 2026 por estado — ISN de la CDMX = 4 % (art. 158 CFCDMX)
- Infobae: reforma laboral de 40 horas (mayo de 2026) — calendario de reducción de jornada 2027-2030
- BCE: tipos de referencia del euro — EUR/MXN 19,6816 (10-9-2026)
Revisado el 11/09/2026. Tipo de cambio: BCE, tipo de cambio de referencia del euro, 10/09/2026.